Pornografía infantil:
¿Qué es?
Es toda representación, por cualquier medio, de un menor de edad dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales. (Numeral 2, Art. 2 del Decreto 1524 de 2002)
1 .Prohibiciones Legales: ¿Qué no se debe hacer?
• Alojar en su propio sitio imágenes, textos, documentos o archivos audiovisuales que impliquen directa o indirectamente actividades sexuales con menores de edad.
• Alojar en su propio sitio material pornográfico, en especial en modo de imágenes o videos, cuando existan indicios de que las personas fotografiarlas o filmadas son menores de edad.
• Alojar en su propio sitio vínculos o “links”, sobre sitios telemáticos que contengan o distribuyan material pornográfico relativo a menores de edad. (Art. 4 del Decreto 1 524 de 2002)